Os dejamos las obligaciones fiscales que deben cumplirse durante este mes de febrero y la fecha límite para realizarlas:
Hasta el 21 de febrero
Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas e Impuesto sobre Sociedades
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, ganancias derivadas de acciones y participaciones de las instituciones de inversión colectiva, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario, personas autorizadas y saldos en cuentas.
Enero 2022. Grandes empresas: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
Número de Identificación Fiscal (NIF)
Cuarto trimestre 2021. Declaración trimestral de cuentas y operaciones cuyos titulares no han facilitado el NIF a las entidades de crédito: 195
Declaración anual 2021. Identificación de las operaciones con cheques de las entidades de crédito: 199
Impuesto sobre el Valor Añadido
Enero 2022. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias: 349
Enero 2022. Operaciones asimiladas a las importaciones: 380
Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales
Declaración anual 2021: 346
Impuesto sobre la Prima de Seguros
Enero 2022: 430
Impuestos Especiales de Fabricación
Noviembre 2021. Grandes empresas: 561, 562, 563
Enero 2022: 548, 566, 581
Cuarto trimestre 2021. Excepto grandes empresas: 561, 562, 563
Declaración de operaciones por los destinatarios registrados, representantes fiscales y receptores autorizados: 510
Impuesto Especial sobre la Electricidad
Enero 2022. Grandes empresas: 560
Impuestos medioambientales
Cuarto trimestre 2021. Pago fraccionado: 583
Impuesto sobre las Transacciones Financieras
Enero 2022: 604
Hasta el 28 de febrero
Impuesto sobre el Valor Añadido
Enero 2022. Autoliquidación: 303
Enero 2022. Grupo de entidades, modelo individual: 322
Enero 2022. Grupo de entidades, modelo agregado: 353
Enero 2022. Ventanilla única – Régimen de importación: 369
Impuesto sobre Sociedades
Entidades cuyo ejercicio coincida con el año natural: opción/renuncia a la opción para el cálculo de los pagos fraccionados sobre la parte de base imponible del período de los tres, nueve u once meses de cada año natural: 036
Si el período impositivo no coincide con el año natural, la opción/renuncia por esta modalidad de pagos fraccionados se ejercerá, en los primeros dos meses de cada periodo impositivo o entre el inicio de dicho periodo impositivo y el fin del plazo para efectuar el primer pago fraccionado, si este plazo es inferior a dos meses: 036
Declaración anual del consumo de energía eléctrica
Año 2021: 159
Declaración informativa anual de operaciones realizadas por empresario o profesionales adheridos al sistema de gestión de cobros a través de tarjetas de crédito o débito
Año 2021: 170
Declaración informativa anual de planes de ahorro a largo plazo
Año 2021: 280
Declaración anual de operaciones con terceros
Año 2021: 347